Carnet A1: qué motos puedes llevar y cómo comprobarlo con la ficha técnica
Actualizado el· Cómo trabajamos en CalcuMoto
Calculadora de carnet A2Comprueba si una moto se puede conducir con el carnet A2 o si se puede limitar: potencia, relación potencia/peso y potencia de origen.Con el permiso A1 puedes conducir motos de hasta 125 cm³, de hasta 11 kW (unos 15 CV) y con relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. La edad mínima es 16 años. Una moto tiene que cumplir los tres límites a la vez.
Los límites del A1
| Límite | Máximo en A1 | Fuente |
|---|---|---|
| Cilindrada | 125 cm³ | Art. 4.2 RD 818/2009 |
| Potencia | 11 kW (unos 15 CV) | Art. 4.2 RD 818/2009 |
| Relación potencia/peso | 0,1 kW/kg | Art. 4.2 RD 818/2009 |
| Edad mínima | 16 años | Art. 4.2 RD 818/2009 |
El mismo artículo 4.2 incluye también los triciclos de motor de hasta 15 kW en la clase A1.
Cómo comprobar tu moto con la ficha técnica
Los datos de la tarjeta ITV te dicen si una moto entra en el A1. Mira estos campos:
- P.1: cilindrada, en cm³. Tiene que ser 125 o menos.
- P.2: potencia del motor, en kW. Tiene que ser 11 o menos.
- G: masa en orden de marcha, en kg.
- Q: relación potencia/masa, en kW/kg. Tiene que ser 0,1 o menos.
Si la ficha trae el campo Q, compáralo directamente con 0,1. Si no lo trae, divide P.2 entre G. Puedes hacer la cuenta en el conversor de kW a CV, que avisa si se supera el límite del A1.
Casos límite
Estos resultados son cálculos de la división, con tres decimales:
| Cilindrada | Potencia (P.2) | Masa (G) | Relación | ¿Entra en el A1? |
|---|---|---|---|---|
| 125 cm³ | 11 kW | 110 kg | 0,100 kW/kg | Sí |
| 125 cm³ | 11 kW | 105 kg | 0,105 kW/kg | No |
| 125 cm³ | 10 kW | 95 kg | 0,105 kW/kg | No |
| 125 cm³ | 9 kW | 95 kg | 0,095 kW/kg | Sí |
| 126 cm³ | 9 kW | 95 kg | 0,095 kW/kg | No, por cilindrada |
Si el resultado queda justo en el límite, manda el valor que figure en la tarjeta ITV.
Del A1 al A2
Si ya eres titular del A1 con una experiencia mínima de dos años en la conducción de esas motos, la norma reduce las pruebas: basta con superar la prueba del artículo 49.2. Es la prueba de aptitudes en vías abiertas al tráfico general. No se exige la prueba de conocimientos. La edad mínima del A2 sigue siendo de 18 años.
El mismo artículo prevé que esa prueba pueda sustituirse por una formación regulada por orden del Ministro del Interior. Pregunta en tu autoescuela qué vía se aplica cuando te presentes.
Si quieres saber qué pasa con tu moto al pasar al A2, la calculadora de carnet A2 te dice si una moto es apta para el A2 o limitable. Después, lee cómo saber si una moto es limitable a A2.
Fuentes
- Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores (BOE): artículo 4.2 (límites y edades de A1 y A2, triciclos de hasta 15 kW), artículo 5.3 (A2 para titulares del A1 con dos años de experiencia) y artículo 49.2 (prueba en vías abiertas).
- DGT, Apéndice II: Ficha técnica (datos de la tarjeta ITV): nombre de los campos P.1, G y Q.